Estatutos de la Asociación

En caso de que exista diferencias entre esta traducción y la versión en inglés, la versión en inglés sera la que prevalezca.

Contenido:

Nombre
Proposito
Membresia
Pagos
Oficiales y sus elecciones
Servicio de oficiales
Junta de Ejecutiva
Comites
Reuniones de la Asociación
Derechos de Voto
Indemnización de oficiales
Enmendar las estatutos
Disolución/Liquidación


Articulo I - Nombre

El nombre de esta organización deberá ser "Virginia Hills Citizens Association, Inc." mas adelante referido como La Asociación. La Asociación de Ciudadanos de Virginia Hills, Inc., sera una organización sin lucro.

Articulo II - Proposito

Sección 1. El proposito de la Asociación sera el promover el progreso y bienestar general de los ciudadanos de la comunidad de Virginia Hills.

Articulo III - Membresia

Sección 1. Cualquier persona que sea propietario o esposo de del propietario en la subdivisión de Virginia Hills, Condado de Fairfax, después de pagar sus cuotas anuales requeridas bajo el articulo IV, tendrá todos los derechos y privilegios correspondientes al mismo.

Sección 2. Un inquilino de la propiedad de Virginia Hills del Condado de Fairfax, después de haber pagado sus cuotas anuales requerida bajo el articulo IV, sera un miembro con todos los derechos y privilegios pertinentes al mismo.

Articulo IV - Pagos

Sección 1. El pago anual para la Membresia de la Asociación dies ($10) dolares por casa por el año entero. Para los nuevos residentes o los dueños que estuvieron ausentes y regresan, los pagos se harán basados en una proporción: aquellos que se hicieron residentes durante los primeros seis meses el año de membresia deberán pagar todo el pago anual en cambio aquellos que se hicieron residentes durante los últimos seis meses deberán pagar $5.

Sección 2. Todos los miembros, a no ser que hayan renovado sus pagos serán finalizados en Agosto 31 de cada año.

Articulo V - Oficiales y su elección

Sección 1. Composición - Los oficiales de la Asociación consiste de un Presidente, Vice Presidente, Secretario, Tesorero, Director de membresia, y redactor del boletín. Estos oficiales serán los constituyentes de la directiva de ejecutivos.

Sección 2. Elección - todos los oficiales serán elegidos por la simple mayoría de votos contados por los miembros de la asociación. La elección de los oficiales se llevara a cabo en la reunión de la asociación en Junio.

Sección 3. Representante de Voto - el voto representado sera permitido si el quórum, de veinte (20) miembros de la asociación, ha sido alcanzado; excluyendo el voto representado, y sometido por escrito por el miembro ausente; el miembro proveído debe ser certificado por el Director de membresia de ser un miembro de buena reputación.

Sección 4. Periodo de Oficina - los oficiales elegidos deberán servir por un periodo de dos años. Los oficiales elegidos deberán asumir su servicio oficial efectivo el primer día de Agosto seguido a su elección.

Sección 5. Elecciones especiales - una elección especial sera llevada a cabo en cualquier reunión de miembros de la asociación para llenar una vacancia que no se expiro.

Sección 6. Despido de la Oficina -Cualquier oficial puede ser censurado de la oficina por un voto afirmativo de cuatro quintos 4/5 o ochenta por ciento 80% de los miembros presentes en la reunión, habiendose dado un aviso previo a los miembros. Los fundamentos de la denuncia pueden estimarse desde un acto de perpetración el cual no es considerado para el bien de la asociación.

Articulo VI - Servicio de los oficiales

Sección 1. Presidente - Sera el papel del presidente el dirigir todas las reuniones de la Asociación y designar todos los comites como se provee en el Articulo VIII.

Sección 2. Vice Presidente - Sera el papel del Vice Presidente el asistir al presidente en todos sus trabajos y presidir las reuniones en ausencia del Presidente.

Sección 3. Secretaria - Sera el papel del Secretario(a) de estar encargado de todas las comunicaciones mandadas o recibidas por la Asociación. El Secretario(a) mantendrá las notas y los registros de todas las reuniones.

Sección 4. Tesorero - Sera el papel del tesorero el ser responsable de la colecta de todos los pagos de la Asociación y el hacer todos los desembolsos de acuerdo con las provisiones de estos estatutos. El/ella deberán mantener las cuentas de la Asociación y deberá someter a la asociación un balance anual en la reunión anual en Junio de cada año. Con la excepción de la caja chica, la cual no excede $25 dolares la cual el/ella puede guardarlo. El/ella deberá depositar todos los otros fondos de la Asociación en el Baco aprobado por la junta ejecutiva. Todos los cheques los cheques deberán estar firmados por el tesorero para que sean depositados en el Banco en la cuenta de la Asociación.

Sección 5. - Director de membresia - Sera el papel del director de membresia el solicitar a los residentes de la Subdivisión de Virginia Hills que formen parte Asociación y mantener un registro completo y vigente de todos de todos los miembros. El director de membresia deberá notificar al tesorero y entregar todos los pagos de los miembros para que el los deposite en la cuenta de Banco de la Asociación.

Sección 6. Editor del boletín - Sera el papel del editor el publicar el boletín bimestral de la asociación. El editor también es el responsable de organizar la solicitudes para poner en el boletín. El editor deberá entregar al tesorero todo el dinero obtenido por los anuncios para el deposito en la cuenta de banco de la asociación.

Sección 7. Pago de oficiales. - Ningún oficial recibirá pago por los servicios, el/ella podrán prestar a la asociación pero se les reembolsara por sus gastos actuales cuan cuales haya hecho durante su servicio.

Articulo VII - Junta de Ejecutivos

Sección 1. Composición de la junta ejecutiva- La junta ejecutiva deberá esta compuesta de Oficiales elegidos por la Asociación como esta citado en el Articulo V, Sección 1.

Sección 2. Reuniones - La junta ejecutiva deberá reunirse antes de cada reunión general. Dichas reuniones serán notificadas a cada oficial y a cada presidente del comite actual. El presidente del comite actual deberá atender todas las reuniones de la junta de ejecutivos y tendrá el privilegio de presentar sus puntos de vista con respecto a cualquier pregunta pero no tendrá el derecho a votar.

Sección 3. Quórum - el Quórum de la junta ejecutiva en cualquiera de estas reuniones consistirá de la mayoría de sus miembros, deberá haber sido anunciado a todos los miembros.

Sección 4. - Manera de actuar - la forma de obrar de la mayoría de los oficiales presentes sera el acto de la junta de ejecutivos.

Sección 5. Reuniones especiales - las reuniones especiales de la junta de ejecutivos sera llamada por el presidente o la mayoría de los miembros de la junta, habiendose dado anuncio del mismo a todos los miembros.

Sección 6. - Servicio de la junta de ejecutivos

(A) Transacción de negocios necesarios en los descansos entra las reuniones de la asociación y otros negocios como sean referidos a esta por los miembros de la Asociación.

(B) Aprobación de los planes de trabajo desaprobados de los comites asignados.

(C) Preparar los informes para ser presentados en las reuniones de la Asociación.

(D) Aprobar cuentas de rutina dentro de los limites del presupuesto y disponibilidad de los fondos.

(E) Revisar anualmente y/o alterar sugerencias de los estatutos los cuales después serán presentados a los miembros como es provisto en el articulo XII.

(F) Preparar un presupuesto anual el cual sera presentado a los miembros para su aceptación el la reunión de miembros de septiembre.

Articulo VIII - Comites

Sección 1. Comites especiales y vigentes serán elegidos por la junta de ejecutivos. El presidente del comite especial y vigente sera elegido por el presidente y confirmado por la asociación antes de ser puesto en efecto.

Articulo IX - Reuniones de la Asociación

Sección 1. Reuniones - La asociación tendrá reuniones en los meses de septiembre, diciembre, febrero, abril y junio. La reunión de junio sera designada como la reunión anual. Reuniones adicionales serán llevadas a cabo como se provee en Sección 2 de este articulo.

Sección 2. Reuniones especiales - Las reuniones especiales de la asociación se llevaran a cabo a la llamada de la junta de ejecutivos, habiendose dado noticia previa a los miembros.

Sección 3. Hora de las reuniones - A no ser que sea determinado de otra manera por la junta de ejecutivos la hora y el lugar de las reuniones serán acordadas por el presidente.

Sección 4. Quórum - Veinte (20) miembros de la Asociación que atiendan constituirán el quórum para la transacción de negocios en las reuniones. Substitutos no pueden ser usadas para alcanzar el quórum.

Sección 5. Votos Sustitutos - voto substituido sera permitido si el quórum, veinte (20) miembros de la Asociación, ha sido alcanzada; excluyendo el voto sustituido, y si es sometido por escrito por el miembro ausente, el miembro proveído sera certificado por el director de los miembros, el director deberá ser actual.

Sección 6. Discusiones de reuniones - la discusión de un miembro en cualquier tema particular de la agenda en la reunión de la asociación sera limitada a cinco (5) minutos a no ser que la mayoría de los miembros presentes voten por una extensión de tiempo.

Sección 7. - Orden de negocios - el orden de los negocios en las reuniones regulares de la asociación será como sigue:

(A) Llamar al orden
(B) Leer las notas de las anteriores reuniones
(C) Informe del tesorero
(D) Cuenta y comunicaciones
(E) Informes del comite
(F) Transacción de negocios
     (1) Negocios no terminados
     (2) Nuevos negocios

La llamada para Ordenar La aprobación de los minutos de la reunión previa Los informes de Oficiales y Comités Negocio viejo Negocio nuevo Anuncios

Sección 8. Autoridad parlamentaria - donde los acontecimientos de la reunión deberán seguir la edición actual de Robert's Rules of Order, Newly Revised.

Articulo X - Derechos de Voto

Sección 1. Voto de miembros - Cada miembro tendrá el derecho a un (1) voto por casa, viendo que los miembros estén en cumplimiento con cualquier articulo II, Sección 1, o articulo III, Sección 2 de estos estatutos.

Sección 2. Voto substituto - en todas las reuniones, un miembro podrá votar por substitutos ejecutado por escrito por el mismo miembro. Tal substituto deberá presentar a la secretaria antes o al tiempo de la reunión. Los substitutos serán validos si son provistos por miembros que cumplen con cualquier articulo III, Sección 1, o Articulo III, Sección 2 de estos estatutos.

Articulo XI - Indemnización de oficiales

Sección 1. Cada oficial (y su o sus ejecutores y administradores) será indemnizado por la Asociación contra razonable costo y gasto incurrido por el/ella en colección con cualquier acción, demanda o procedimiento, o amenaza de acción o demanda de procedimientos, del cual el podría ser parte por razón de ser o haber sido un oficial de la Asociación, excepto en relación a una acción, demanda de procedimiento el cual el/ella haya sido ajustado responsable por negligencia o falta de conducta, la cual deberá ser dirigida a incluir voluntaria de la ejecución ilegal de un procedimiento licito, mala fe, pura negligencia, o descuido de servicio involucrado en la conducta de su oficina.

Sección 2. En la ausencia de una adjudicación el cual expresamente absuelve al oficial de la responsabilidad de la asociación o de sus miembros, por negligencia y/o falta de buena conducta, o en el evento de un arreglo, cada director y su o sus ejecutores y administradores) serán indemnizados por la asociación contra los pagos hechos o por hacerse (incluyendo costos razonables y gastos); provistos tal indemnización sera condicionada hasta la determinación por una resolución de 2 tercios 2/3 de esos miembros de la junta ejecutiva quienes no están involucrados en la acción, demanda o procedimiento, que el oficial no tiene responsabilidad siendo de negligencia o falta de buena conducta entre los contenidos del mismo usados en este; y provistos mas alla que si la mayoría de los miembros de la junta de ejecutivos están involucrados en esta ación, demanda o procedimiento, tal como determinación sera hecha por opinión escrita por el consejo independiente. Los montos pagados in el arreglo no deberán exceder costos, pagos, y gastos los cuales deberán ser razonablemente incurridas si la acción, demanda, o procedimientos han sido litigados a la conclusión.

Sección 3. Ta determinación hecha por la junta de ejecutivos o por el consejo independiente, y los pagos de los montos por la asociación en las bases en consecuencia no debiera prevenir a los miembros de desafiar tal indemnización por procedimientos legales en los terrenos que la persona identificada fue responsable a la asociación sea razón o negligencia o falta de buena conducta.

Articulo XII - Enmandar las estatutos

Sección 1. Cualquier proposición de cambio a estos estatutos debieran ser presentados en las reuniones de la Asociación. El cambio propuesto sera parte de estos estatutos en cuanto se haya obtenido el voto afirmativo de las 2 terceras partes (2/3) de los miembros presentes en la siguiente reunión, habiendose dado noticia previa a los miembros.

Articulo XIII - Disolución/liquidación

Sección 1. La asociación pudría ser disuelta por el voto mayoritario de los miembros presentes o representados por sustitutos en las reuniones regulares cuando las siguientes condiciones hayan sido reunidas:

(A) Notificación escrita de la propuesta de disolución, fecha, hora, y lugar de la reunión provista por correo a todos los miembros actuales de la Asociación.

(B) Notificación de la disolución propuesta, la fecha, la hora y el lugar de las reuniones publicadas en el mas reciente boletín del Eco de Virginia Hills.

Sección 2. Sobre la resolución, los oficiales harán los mejores esfuerzos de vender todas las evaluaciones de la asociación. Los procedimientos de dichas ventas serán adheridas al tesoro de la asociación.

Sección 3. Los fondos del tesoro de la Asociación se distribuirán de acurdo a la siguiente prioridad:

(A) Todas las deudas se deberán pagar.

(B) Todo el dinero de los anuncios que se hayan pagado por adelantado y no serán publicados en el Eco se devolverán.

(C) Las recientes contribuciones de los miembros o negocios serán retornados a los mismos. Si no hay suficientes fondos para hacerlo por completo, las contribuciones se retornaran en proporción a la contribución con relación al porcentaje restante de los fondos.

(D) Si hay fondos restantes después de haber retornado las contribuciones, estos serán retornados a miembros actuales sobre la base del restante no utilizado.

último enmendado en el 13 de junio de 2017